SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0097/2014-S2

Fecha: 04-Nov-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 4 de abril de 2014, más de treinta personas, liderados por los dirigentes de la junta vecinal “Pedro Domingo Murillo”, sector 4, y dos oficiales de policía, procedieron a perturbar y avasallar la legítima posesión de sus lotes de terreno signados con los No. 22 y 23, del manzano “S-13”, con palos, combos, picotas y maquinaria pesada, como retro excavadora y dos volquetas, con el falso argumento de que dicha propiedad pertenecía a Juan Poma Mamani.

El 6 del mismo mes y año, el Presidente de la indicada junta vecinal, convocó y organizó a decenas de personas, con la finalidad de demoler su inmueble. El 8 de abril del presente año, el mencionado Presidente, decidió entregar el inmueble a Juan Poma Mamani, haciendo caso omiso a la Resolución 417/99 de 6 de octubre de 1999, sin mostrar documentación y sin darles la más mínima oportunidad de poder realizar acto de defensa alguno, para el ejercicio de sus derechos e impidiéndoles ingresar a su propiedad, además de que en dichos actos, se les habría denigrado calificándoles como supuestos “loteadores” y traficantes de tierras.

Señala que, su propiedad se encuentra registrada en las oficinas de Derechos Reales (DD.RR.), bajo la matrícula 2.01.3.01.0004858 de 11 de octubre de 2011, situación por la cual, la junta vecinal indicada, no tenía ningún derecho para entregar y menos autorizar la posesión a personas que no tenían acreditado su derecho propietario.