SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2014 - S1
Fecha: 26-Nov-2014
I.2.2. Informe de la autoridad demanda
La autoridad demandada, mediante informe cursante a fs. 33 y vta., manifestó que al emitir la conminatoria al Ministerio Público a efectos de que presente acto conclusivo, cumplió con la reglas del procedimiento, no siendo responsabilidad suya que el Fiscal Departamental y el asignado al caso no hayan dado respuesta alguna a la conminatoria, asimismo, cumpliendo su rol de contralor, señaló dos audiencias que no pudieron llevarse a cabo porque se había extraviado el cuaderno de investigación y en la segunda oportunidad, el representante del Ministerio Público no se hizo presente; no obstante, el accionante no ha hecho uso de todos los recursos previstos en la ley para reclamar la supuesta actividad procesal defectuosa que ahora denuncia, demostrando desinterés y falta de lealtad procesal.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demanda
- concedió
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Tutela al debido proceso en su elemento de celeridad mediante la acción de libertad vinculado a la extinción de la acción penal
- III.2. Aplicación de la acción de libertad traslativa o de pronto despacho en trámites de extinción de la acción penal
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR