SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0109/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0109/2014-S1

Fecha: 26-Nov-2014

Fragmento 15

          Es así que planteada la problemática, cabe señalar que de acuerdo a los antecedentes procesales, se evidencia que el accionante solicitó la cesación de su detención preventiva, a cuyo objeto se señaló audiencia para el 11 de abril de 2014; y en razón a que no concurrió su Abogado defensor a dicho actuado procesal, éste fue suspendido por el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal que se encontraba en suplencia legal de su similar Séptimo, para el 17 del mismo mes y año; sin embargo, el día y hora señalados, la audiencia se suspendió como consecuencia de la recusación que presentó la parte querellante el día anterior (16 de abril), mediante memorial dirigido al Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal, que era el titular de la causa, quien emitió la Resolución 266/2014 de 17 de abril, por la cual rechazó la recusación y no se allanó a la misma, disponiendo se remitan antecedentes al Juzgado siguiente en número; es decir al Juez Octavo de Instrucción en lo Penal.