SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0111/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0111/2014-S1

Fecha: 26-Nov-2014

Consiguientemente, no es admisible en un Estado Constitucional de Derecho, que las autoridades que imparten justicia y cuyo razonamiento debe partir de la Constitución, fundamenten y motiven sus resoluciones con base legal que fue vaciada del ordenamiento jurídico, pues se entiende que los efectos de la inconstitucionalidad declarada se expande en todo el sistema jurídico y constitucional y por tanto, esas normas ya no causan ningún efecto porque justamente el alcance jurídico que tenían, ha desaparecido totalmente.

Consiguientemente, no es admisible en un Estado Constitucional de Derecho, que las autoridades que imparten justicia y cuyo razonamiento debe partir de la Constitución, fundamenten y motiven sus resoluciones con base legal que fue vaciada del ordenamiento jurídico, pues se entiende que los efectos de la inconstitucionalidad declarada se expande en todo el sistema jurídico y constitucional y por tanto, esas normas ya no causan ningún efecto porque justamente el alcance jurídico que tenían, ha desaparecido totalmente.