Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0139/2014-S2
Fecha: 17-Nov-2014
II.4.
II.4. Por Auto de 22 de febrero de 2013, el Juez Disciplinario Primero del Consejo de la Magistratura, a fin de asumir competencia debido a que no existe inicio de proceso disciplinario de oficio, dispuso la notificación de Fausto Villarroel con el mencionado Auto para que se apersone, ratifique y/o adecue la denuncia a la normativa vigente (fs. 39).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. En cuanto a la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.2. El derecho a la defensa y la doble instancia como elementos del debido proceso, y su vinculación con los medios de impugnación, jurisprudencia reiterada
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR