SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0140/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0140/2014-S2

Fecha: 17-Nov-2014

a)

Rita Susana Nava Duran y Rómulo Calle Mamani, Magistrados de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, mediante informe presentado el 30 de septiembre de 2014, cursante de fs. 566 a 569 vta., señalaron que: a) Con relación al Juez natural, aducen que para determinar la misma se debe efectuar un análisis de los medios de prueba aportados y que en la presente causa, no se ha formulado dicha acusación de incompetencia, además que en el proceso no se han aludido los medios de prueba que permitan generar la convicción de que la jurisdicción ordinaria fuera incompetente para conocer la causa, pues las partes no habrían objetado la misma en su oportunidad, requiriéndose otros medios de prueba que puedan fundar si la presente acción debía tramitarse en la jurisdicción agroambiental, medios de prueba ausentes en la causa; b) Sobre la legalidad, señalaron que se remiten a las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0693/2012 de 2 de agosto y 0265/2012 de 4 de junio, y SC 0099/2010-R de 10 de mayo, que establecerían que debe activarse el reclamo mediante la vía adecuada, como son las excepciones, impugnar el fallo en caso de negativa, aspecto que no habría ocurrido en el caso de Autos;   c) En cuanto a la seguridad jurídica, se colegiría con claridad que la norma no puede impugnarse mediante la acción de amparo constitucional, pues la Norma Suprema precautela derechos no principios, pues el recurso de casación en análoga a una demanda de puro derecho; y, d) En relación a la congruencia y la debida fundamentación, sostienen que cuando no se acusó el agravio en el recurso de apelación, el mismo no podrá ser reclamado en el recurso de casación, de lo contrario se fallaría en “per saltum”; en relación a que la resolución fuera insuficientemente fundamentada, podían solicitar la complementación y/o explicación conforme al Procedimiento Civil, aspecto que no ocurrió en el presente caso.