SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2014-S2

Fecha: 17-Nov-2014

toda vez que, no ha existido despido alguno, sino el término o la extinción de la relación laboral por causa del retiro voluntario a su fuente laboral, presentado por la ahora accionante, habiendo efectuado el cobro respectivo de sus beneficios sociales, computado desde la fecha de su ingreso a la institución, hasta su retiro

Con esos antecedentes, conforme a los razonamientos expuestos precedentemente, no se advierte la vulneración por la parte demandada, de los derechos alegados por la accionante, toda vez que, no ha existido despido alguno, sino el término o la extinción de la relación laboral por causa del retiro voluntario a su fuente laboral, presentado por la ahora accionante, habiendo efectuado el cobro respectivo de sus beneficios sociales, computado desde la fecha de su ingreso a la institución, hasta su retiro; en ese entendido, al haber hecho efectivo dicho pago no puede, ahora, solicitar a través de esta acción tutelar, la restitución a su fuente laboral, toda vez que, al haber optado por el cobro de los mismos, renunció tácitamente a su reincorporación, conforme se tiene establecido en el Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; en esa virtud, la tutela demandada no se halla dentro el ámbito de protección que brinda la acción de amparo constitucional, correspondiendo en consecuencia su denegatoria.