SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0147/2014-S3
Fecha: 21-Nov-2014
Fragmento 5
El Juez Cuarto de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, por Resolución de 18 de mayo de 2014, cursante de fs. 80 a 82 vta., denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: a) La autoridad demandada acompañó a su informe una demanda de acción de libertad de 29 de abril de 2014, intentada por el ahora accionante con admisión de 5 de mayo de igual año, la misma que a través de Resolución de 6 del mismo mes y año, fue denegada; b) La parte accionante pretende inducir en error, ya que no es posible ejercitar derechos paralelos, buscando un enfrentamiento jurídico entre resoluciones; y, c) Existiendo en el caso en análisis identidad de sujeto, objeto y causa, no correspondiendo ingresar al análisis de fondo.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2.
- i)
- Fragmento 5
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La prohibición de activación paralela de una acción de libertad con identidad de sujetos, objeto y causa
- la interposición de un nuevo recurso sobre los mismos hechos, estando el primero en trámite y sin contar con un pronunciamiento definitivo, no es conforme a derecho, constituyendo un acto temerario que pretende lograr una duplicidad de fallos sobre un mismo hecho, induciendo a error a los Tribunales de garantías
- ésta no ha concluido con una resolución firme que se convierta en cosa juzgada constitucional,
- identidad
- Fragmento 14
- III.2.Análisis del caso concreto
- ii.
- iii.
- CONFIRMAR