Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2014-S3
Fecha: 20-Nov-2014
II.1.
II.1. Por Resolución Determinativa DC. 0001/97-3 de 10 de diciembre de 1997, la Dirección de Recaudaciones del entonces Gobierno Municipal de La Paz estableció la obligación impositiva de la Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda “La Primera” en la suma de Bs4 929 252.- (cuatro millones novecientos veintinueve mil doscientos cincuenta y dos bolivianos), además de Bs2 973 366.- (dos millones novecientos setenta y tres mil trescientos sesenta y seis bolivianos), por concepto de multas, intimando al pago dentro del plazo de quince días, bajo conminatoria de iniciar el proceso coactivo en caso de incumplimiento (fs. 3 a 6).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2 Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III
- no corresponde la deducción de otra acción tutelar
- las acciones constitucionales no son la vía idónea para solicitar el cumplimiento de las resoluciones dictadas dentro de las acciones de libertad y de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR,