Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2014-S3
Fecha: 20-Nov-2014
II.3.
II.3. Una vez interpuesto el recurso de apelación por la Directora de Recaudaciones del entonces Gobierno Municipal de La Paz (fs. 256 a 259), la Sala Social Administrativa Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, expidió el Auto de Vista 193/06 de 16 de agosto de 2006, por el que confirmó la Sentencia 61/2002 (fs. 307 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2 Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III
- no corresponde la deducción de otra acción tutelar
- las acciones constitucionales no son la vía idónea para solicitar el cumplimiento de las resoluciones dictadas dentro de las acciones de libertad y de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR,