SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0157/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0157/2014-S2

Fecha: 20-Nov-2014

II.2.

II.2.  Por SCP 0049/2013-L de 7 marzo, la Sala Liquidadora Transitoria del Tribunal Constitucional Plurinacional, revocó la Resolución 07/2011 de 20 de mayo, dictado por el Tribunal de garantías; y en consecuencia, concedió la tutela solicitada por Luis Alberto Zambrana Mealla, dejando sin efecto el Auto de Vista 96/2010 de 18 de noviembre, ordenando la emisión de un nuevo fallo, con base en los fundamentos jurídicos expuestos, que en lo principal refieren: a) El instituto procesal de la cosa juzgada; b) El juicio de razonabilidad y la justicia material, los principios y reglas de la Ley del Órgano Judicial, que rigen en materia de nulidades; y, c) El principio de congruencia de las resoluciones; concluyendo que el mencionado Auto de Vista es totalmente incongruente, ya que por un lado declaró improcedente la apelación incidental y por otro, dispone la nulidad de la Resolución de 5 de octubre de 2009; es decir, se toma una decisión contradictoria, pues si se declaró improcedente, no correspondía ingresar al análisis de fondo, menos disponer la nulidad de la referida Resolución; asimismo, si bien la jurisprudencia constitucional ha establecido que los fallos en los que se advierte vulneración de derechos y garantías constitucionales no adquieren ejecutoria y pueden ser revisadas, las autoridades judiciales que conocieron el caso, no aplicaron ese entendimiento, ya que consideraron que la ratificatoria del sobreseimiento adquirió ejecutoria (fs. 59 a 64).