Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0175/2014-S3
Fecha: 24-Nov-2014
II.2.
II.2. Auto de 4 de julio de 2012, emitido por el Juez Segundo de Instrucción Mixto de Bermejo del departamento de Tarija, por el cual, resuelve declarar probadas las excepciones de falta de acción y cosa juzgada, presentada por el ahora accionante y consiguientemente el archivo de obrados (fs. 10 a 17).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 12
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones como componente esencial del debido proceso
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados,