SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0184/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0184/2014-S2

Fecha: 24-Nov-2014

a)

El accionante a través de sus representantes sin mandato, se ratificó in extenso, en los términos expuestos en la acción de libertad, ampliando en los siguientes términos: a) La autoridad demandada radicó la causa vulnerando el derecho a la defensa y lo hizo a sabiendas de que no podía resolver nada porque no tenía el control jurisdiccional físicamente; b) Solicitaron la suspensión de la audiencia más allá del lineamiento jurisprudencial que  determina, que una audiencia de medida cautelar no puede suspenderse bajo ninguna razón, es decir que, con prioridad se debe atender la situación jurídica del imputado, bajo el criterio de que la libertad es la regla y la excepción es la detención; y, c) El accionante se encuentra privado de su libertad desde el 18 de mayo de 2014, producto de una radicatoria de la autoridad demandada, que no guarda las formalidades de ley, ya que radicó sin un cuaderno procesal que da lugar a la inviabilidad física del control jurisdiccional, por lo mismo, a la incapacidad para pronunciarse respecto a cualquier situación jurídica, atinente al accionante; sin embargo, declara probado el incidente de defecto absoluto, sin pronunciarse sobre la situación jurídica del imputado.