Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2014-S3
Fecha: 24-Nov-2014
improcedencia
La Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 012/2014 de 5 de mayo, cursante de fs. 488 a 491 vta., declaró la improcedencia de la tutela, en base a los siguientes razonamientos: a) De la revisión sistemática e integral de antecedentes se tiene que, la accionante no estableció como agravio, en su apelación presentada, la supuesta extemporaneidad de la impugnación u objeción del dictamen pericial, lo cual derivó en que el Tribunal de alzada no se pronunciara; y, b) Antes de acudir a la acción de amparo constitucional, debió impugnarse en sede judicial los hechos y actos que hoy reclama, agotando los recursos legales.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- improcedencia
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional
- en tres dimensiones distintas
- III.2. Análisis del caso concreto
- la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- i)
- menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones,
- III.2.1.
- CONFIRMAR