Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0187/2014-S3
Fecha: 24-Nov-2014
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
La accionante estima como lesionados sus derechos al debido proceso en su componente de valoración de la prueba, a la congruencia, motivación y fundamentación de resoluciones, y el principio de la no reformatio in peius, al trabajo y a la estabilidad laboral de mujer embarazada, citando al efecto los arts. 14.II, 18, 35.I, 45.I, 46.I y II, 48.I, II, III y VI, 115.II y 117.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- Fragmento 13
- III.2. El contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y congruente como elemento constitutivo del debido proceso
- III.3. Principio de prohibición de reforma en perjuicio del recurrente
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR