Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1986/2014
Fecha: 13-Nov-2014
1.2. Admisión y citación
Mediante AC 0168/2014-CA de 3 de junio, cursante de fs. 47 a 50, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, admitió la acción de inconstitucionalidad abstracta y dispuso poner en conocimiento del Presidente Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia, Juan Evo Morales Ayma, por ser el representante del Órgano que generó la norma impugnada, a efecto de su apersonamiento y formulación de alegatos en el plazo de quince días, orden que fue cumplida el 30 de julio de 2014, según consta en la diligencia cursante a fs. 69.
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- I.1.1. Relación sintética de la acción
- 1.2. Admisión y citación
- a)
- “ARTÍCULO 1.- (OBJETO).
- ARTÍCULO 5.- (EMPRESA PÚBLICA DEPARTAMENTAL).
- I. A fin de garantizar la prestación del servicio de la Terminal de Buses de Oruro, hasta que el Gobierno Autónomo Departamental de Oruro constituya la Empresa Pública Departamental, referida en el Artículo 5 del presente Decreto Supremo, la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes - ATT, se encargará de la administración del mencionado bien conforme al ejercicio de sus atribuciones establecidas por Ley.
- I.
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La exigencia de una debida fundamentación respecto a la norma impugnada
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE