Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1986/2014
Fecha: 13-Nov-2014
“ARTÍCULO 1.- (OBJETO).
“ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto recuperar para el Gobierno Autónomo Departamental de Oruro, el derecho propietario de la Terminal de Buses de Oruro y el Hotel Terminal Oruro, pertenecientes a la entonces Corporación Regional de Oruro - CORDEOR, y que fueron privatizadas mediante Decretos Supremos Nº 24164, de 21 de noviembre de 1995 y N° 24387, de 23 de octubre de 1996, respectivamente.
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- I.1.1. Relación sintética de la acción
- 1.2. Admisión y citación
- a)
- “ARTÍCULO 1.- (OBJETO).
- ARTÍCULO 5.- (EMPRESA PÚBLICA DEPARTAMENTAL).
- I. A fin de garantizar la prestación del servicio de la Terminal de Buses de Oruro, hasta que el Gobierno Autónomo Departamental de Oruro constituya la Empresa Pública Departamental, referida en el Artículo 5 del presente Decreto Supremo, la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes - ATT, se encargará de la administración del mencionado bien conforme al ejercicio de sus atribuciones establecidas por Ley.
- I.
- II.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La exigencia de una debida fundamentación respecto a la norma impugnada
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE