AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2014-O
Fecha: 01-Dic-2014
HA LUGAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional; en su Sala Segunda en virtud de jurisdicción y competencia que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 16.II del CPCo, resuelve declarar: HA LUGAR a la impugnación formulada por los demandados; en consecuencia, se REVOCA la Resolución 017/2014 de 31 de julio, cursante de fs. 336 a 337 emitida por el Juez de garantías; en cuyo mérito se califica la suma de Bs2500.- como daños y perjuicios en favor de la accionante Egberta Flores Camata Vda. de Montoya, que deberá ser cancelada a prorrata por los demandados dentro de tercero día de notificados con el presente Auto Constitucional Plurinacional bajo alternativa de ley.
- Egberta Flores Camata Vda. de Montoya
- I.1. Contenido de la solicitud
- a)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Respecto a la calificación de daños y perjuicios en acciones tutelares
- 1) La pérdida o disminución patrimonial que haya sufrido la parte damnificada como consecuencia del acto ilegal cometido en su contra; y, 2) Los gastos que la parte recurrente ha tenido que efectuar para lograr la reposición del derecho conculcado, pues así lo ha asumido este Tribunal en firme y uniforme línea jurisprudencial…'”
- III.2. Análisis de la impugnación
- i)
- HA LUGAR