Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2014-O
Fecha: 01-Dic-2014
II.3.
II.3. Previa solicitud de la accionante y al no haber formulado respuesta los demandados al incidente planteado pese a su legal notificación, el Juez de garantías por Auto de 9 de junio de 2014, de conformidad al art. 39.I del CPCo, para la averiguación de los posibles daños civiles sujetó el incidente a término probatorio de diez días comunes y perentorios a las partes (fs. 282 vta.).
- Egberta Flores Camata Vda. de Montoya
- I.1. Contenido de la solicitud
- a)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Respecto a la calificación de daños y perjuicios en acciones tutelares
- 1) La pérdida o disminución patrimonial que haya sufrido la parte damnificada como consecuencia del acto ilegal cometido en su contra; y, 2) Los gastos que la parte recurrente ha tenido que efectuar para lograr la reposición del derecho conculcado, pues así lo ha asumido este Tribunal en firme y uniforme línea jurisprudencial…'”
- III.2. Análisis de la impugnación
- i)
- HA LUGAR