AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2014-O
Fecha: 01-Dic-2014
II.4.
II.4. Por memorial presentado el 16 de junio de 2014, la accionante ofreció prueba documental consistente en: una factura emitida por su abogado en patrocinio de la acción de amparo constitucional por la suma de Bs4 000.-(cuatro mil bolivianos), tres pasajes de Oruro a Challapata sin nombre, dos facturas por consumo de pollo y fotocopias de varios memoriales presentados por la accionante ante el Fiscal de Materia de Challapata solicitando fotocopias legalizadas de las actas o documentos de cesión de terrenos suscritas por las autoridades originarias demandadas, así como del trámite de medida preparatoria de demanda para la declaración de testigos presentado por la misma ante el Juez Agroambiental de Challapata (fs. 284 a 329).
- Egberta Flores Camata Vda. de Montoya
- I.1. Contenido de la solicitud
- a)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Respecto a la calificación de daños y perjuicios en acciones tutelares
- 1) La pérdida o disminución patrimonial que haya sufrido la parte damnificada como consecuencia del acto ilegal cometido en su contra; y, 2) Los gastos que la parte recurrente ha tenido que efectuar para lograr la reposición del derecho conculcado, pues así lo ha asumido este Tribunal en firme y uniforme línea jurisprudencial…'”
- III.2. Análisis de la impugnación
- i)
- HA LUGAR