SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0123/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0123/2014-S1

Fecha: 04-Dic-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Por Resolución Administrativa (RA) 006/2013 de 3 de septiembre, se dispuso su convocatoria al examen de ascenso para el grado de Mayor, razón por la que el 13 de igual mes y año, inició trámite administrativo policial, solicitando no rendir examen físico de ascenso a fin de no atentar contra su salud, dado que tenía una limitación funcional en el tobillo producto de una anterior fractura de tibia izquierda; realizadas las valoraciones médicas correspondientes se concluyó el trámite y se aceptó su solicitud para rendir examen teórico en la materia de educación física, comunicándosele en la página web de la Dirección Nacional de Instrucción y Enseñanza de la UNIPOL.

Agrega que, contrariamente a lo decidido el 13 de octubre del señalado año, al presentarse a rendir examen en la materia de Educación Física, fue sometida a pruebas de carácter físico por órdenes de Álvaro Álvarez Grifits, quien no forma parte del Tribunal Examinador en la materia de Educación Física, poniendo en riesgo su integridad física y su salud, sin que el Tribunal Examinador hubiera realizado trámite administrativo que autorice a la Dirección Nacional de Instrucción y Enseñanza de la UNIPOL a aceptar el examen físico, cuando ya estaba autorizada a rendir el examen escrito; a consecuencia de ello, reprobó la materia y el examen de ascenso al grado de Mayor de la Policía Boliviana, privándole de percibir una remuneración justa, de acuerdo a su jerarquía, antigüedad, necesidades, capacidad y méritos que le aseguren un nivel de vida digno para sí y su familia.

Agrega que, interpuso recurso de apelación impugnando la arbitraria decisión de someterla a examen físico, recurso que fue desestimado por circular fax de 250/2013 de 15 de noviembre atentando a su derecho a la salud, y los principios de legalidad y de seguridad jurídica, posteriormente de manera inmotivada fue desestimada su solicitud de 13 de febrero “por no adecuarse a la normativa legal que rige la Policía Boliviana”.