Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0126/2014-S1
Fecha: 05-Dic-2014
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
La audiencia pública de consideración de la acción de amparo constitucional fue realizada el 10 de febrero de 2014, en presencia del accionante asistido de sus abogados defensores y, el apoderado y abogado de la autoridad demandada, según el acta cursante de fs. 234 a 240 vta., produciéndose los siguientes actuados:
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- concedió en parte
- 1.4. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La debida fundamentación: requisito de ineludible observancia para dejar sin efecto los actos administrativos
- 2) La impugnabilidad, pues el administrado puede reclamar y demandar se modifique o deje sin efecto un acto que considera lesivo a sus derechos e intereses; 3) La legitimidad, que es la presunción de validez del acto administrativo mientras su posible nulidad no haya sido declarada por autoridad competente;
- III.3. Análisis en el caso concreto
- 1° CONFIRMAR