SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2014-S1

Fecha: 05-Dic-2014

II.1.

II.1.    De acuerdo a Auto de 21 de enero de 2014 (fs. 15 y vta.), se evidencia que la autoridad demandada dispuso, la división y partición de bienes determinados en la Resolución 01/2013 de 13 de mayo (fs. 100 a 103) y Auto de Vista 166/2013 de 20 de diciembre (fs. 104 a 106 vta.); ordenando  además que en cumplimiento de la Resolución 01/2013, emitido dentro del proceso de violencia intrafamiliar, el accionante deposite en Secretaría del despacho hasta tercero día de su legal notificación, bajo conminatoria de ley, los objetos personales de su excónyuge, una cocina, garrafa y otros, fallo que fue notificado al accionante el 23 de enero de 2014 (fs. 110), siendo al efecto apelado el 27 de ese mismo mes y año, argumentando que, el vehículo objeto de división y partición, fue vendido para pagar deudas comunes; que el Tribunal de apelación incurrió en defectos legales por considerar extra petita; el verdadero detentador del ganado vacuno sujeto a división es Justiniano Quiruchi; y, que el Auto de 21 de enero de ese año, es extralimitado al disponer el depósito de bienes que no están establecidos en el “Auto de Vista ilegal que no ha merecido una revisión correcta” (sic)  (fs. 19 y vta.).