SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2014-S1

Fecha: 05-Dic-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de abuso deshonesto, al encontrarse con detención preventiva desde el 21 de octubre de 2010, habiendo transcurrido más de tres años sin que se pronuncie sentencia de primera instancia, solicitó cesación de la detención preventiva, acompañando certificados de nacimiento de sus cinco hijos, contrato de trabajo a futuro con el fin de acreditar que cuenta con familia, trabajo y domicilio; y que se encuentra detenido por tres años y casi dos meses, situación que vulnera la presunción de su inocencia.

Aspectos que no fueron considerados en contraposición a lo previsto en los extremos dispuestos en el art. 239 del Código de Procedimiento Penal (CPP), que determinan como requisitos para la cesación de la detención preventiva, la concurrencia de nuevos elementos que demuestren la inexistencia de los motivos que la fundaron, o que permitan que se aplique una medida sustitutiva y que hayan transcurrido treinta y seis meses sin que se hubiera dictado sentencia; negando su petición, en desconocimiento de la característica de temporalidad de las medidas cautelares; procedimiento que al violentar la norma adjetiva penal restringe su libertad, mediante el procesamiento ilegal o indebido.