SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0158/2014-S1

Fecha: 05-Dic-2014

III.3. Análisis del caso concreto

Conforme a lo expresado por el accionante, se cuestiona a las autoridades demandadas por haberle denegado la cesación de su detención preventiva, a pesar de haber acreditado la constitución de familia, trabajo y transcurrido más de tres años con detención preventiva, sin que se pronuncie sentencia de primera instancia, en contraposición a lo previsto en el art. 239 del CPP, que determina como requisitos para la cesación de la detención preventiva la concurrencia de nuevos elementos que demuestren la inexistencia de los motivos que fundaron la detención, o que permitan que se aplique una medida sustitutiva o que hayan transcurrido treinta y seis meses sin que se hubiera dictado sentencia.