SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0166/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0166/2014-S1

Fecha: 05-Dic-2014

1)

Alexander Osinaga Ribera, Fiscal de Materia, en audiencia de acción tutelar cursante de fs. 57 a 58, informó que: 1) El Código Penal en el art. 24 respecto a la incomunicabilidad, establece que cada participante será penado conforme a su culpabilidad, sin tomar en cuenta la del otro, señalando que este precepto va relacionado al presente caso, con una imputación que habría sido anulada respecto a un participante, Wilfredo Llampa Cayoja; empero, el accionante en este caso es Mario Horacio Gil Sosa; 2) Se tiene que la orden de aprehensión contra el accionante, se basa en presupuestos claros que están establecidos por el art. 226 del CPP, relacionados con los riesgos procesales que se encuentran previstos en los arts. 234 y 235 del mismo cuerpo legal; y, 3) El 21 de abril de 2014, el accionante presentó memorial peticionando se deje sin efecto la Resolución de aprehensión emitida por la Fiscal, Pura Cuellar Ortiz; sin embargo, no ha sido resuelto como manifiesta la parte accionante, siendo que a objeto de considerar lo peticionado, se dispuso que el investigador asignado al caso, informe si existen riesgos procesales para determinar lo que correspondiera en el plazo de cuarenta y ocho horas, acto procesal que todavía no ha sido cumplido.