SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2014-S1

Fecha: 19-Dic-2014

a)

El abogado de los accionantes, se ratificó en el contenido del memorial de demanda y complementó señalando que: a) El hecho que exista una crisis institucional no justifica haber realizado una ruptura institucional al margen de la Constitución Política del Estado y las leyes, convocando a Asamblea al margen de las formas y plazos que establece el Estatuto Orgánico, como la realizada el “13 de marzo”, en la que participaron asociados que no tenían sus cuotas al día, situación que fue observada por Christian Moreno; empero, desestimando el reclamo se procedió a la elección del Comité Electoral, mismo que nunca fue posesionado ni cumplió su finalidad; b) En una falaz interpretación del Estatuto Orgánico se indica que se convocó a Asamblea con 25% de socios, sin considerar que éstos deben ser institucionales, y estar identificados con nombre y apellido la solicitud de asamblea extraordinaria firmada por cada uno de ellos; c) En Asamblea de “13 de mayo” se determinó una amnistía sin especificar si ésta era para quienes estaban expulsados, o para quienes no estaban al día en sus cuotas; o, para miembros de otros clubes, sobre la base de la misma se dispuso la reforma de los Estatutos; d) Asimismo, la Asamblea de “20 de marzo”, fue llevada en el más completo misterio en instalaciones de una institución ajenas al Club “Blooming”, en la que se pasó de una asamblea ordinaria a otra extraordinaria y se modificaron de forma ilegal algunos artículos del Estatuto Orgánico y se olvidaron de otros, pisoteando la normativa interna del Club referido, eligiendo y posesionando un nuevo Directorio para la gestión 2013 al 2017, cercenando el período de dos años que venía corriendo; y, e) No existe otra instancia administrativa para realizar los reclamos señalados, pues tanto la Comisión Fiscalizadora como el Tribunal de Honor tienen otras atribuciones.