SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0189/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0189/2014-S1

Fecha: 19-Dic-2014

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La accionante a través de su abogada, ratificó los términos de su demanda de la acción de amparo constitucional; ampliando citó al tratadista Gonzalo Castellanos Trigo, quien en su libro “Principios y Nulidades Procesales”, recomienda a los administradores de justicia que ningún acto puede ser declarado nulo, si la nulidad no estuviera expresamente en la ley, porque se ingresaría en un campo peligroso de retardación o denegación de justicia. Los argumentos de las apelaciones presentadas eran: Por parte de la ahora accionante que se suba el monto, mientras que del demandado que se baje a la suma de Bs200.- (doscientos bolivianos). Como madre soltera y joven tiene que buscar trabajo con su hijo a cuestas, lo que pide es que se haga justicia a un niño que necesita de amparo y protección, para que obtenga asistencia familiar y derecho a la seguridad social, teniendo presente que el plazo observado no es fatal ni perentorio como el de una apelación o una excepción, además hizo conocer que presentó esta acción tutelar el último día, porque tanto ella como su abogada recibieron amenazas telefónicas, que le ha generado desconfianza en la justicia.