SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0204/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0204/2014-S2

Fecha: 01-Dic-2014

1)

Carlos Herman Robles Kubber, Fiscal de Sustancias Controladas, ahora accionado, presentó informe, cursante de fs. 24 a 28, que fue ampliado en audiencia, bajo el siguiente argumento: 1) Señaló que el accionante, no agotó la vía ordinaria; es decir, no recurrió ni al Ministerio Público ni a la Jueza de la causa, para hacer conocer las supuestas vulneraciones a sus derechos, de modo que la acción de amparo constitucional es improcedente, de conformidad al art. 53.3 y 54 del Código Procesal Constitucional (CPCo) y ampliamente desarrollados por la jurisprudencia constitucional; 2) En el presente caso, toda la investigación se  realizó bajo el control jurisdiccional de la Jueza Primera de Instrucción en lo Penal, conforme se puede evidenciar de la revisión del cuaderno de investigación, donde cursan los siguientes actuados: informe policial del departamento de inteligencia de 6, requerimientos fiscales a la Jueza de la causa de 6 y 7 y informe policial    de avance de investigaciones de 9, todos de enero de 2014, acta de registro de requisa y de secuestro del allanamiento practicado en dependencias de auto venta “PANTANERA”, acta de precintado de vehículos y designación de depositario y custodio; 3) El 23 del mes y año mencionados, el accionante, presentó memorial de apersonamiento, solicitó tres requerimientos y fotocopias simples del cuaderno de investigación, petición que fue aceptada; hasta la fecha el accionante no ha prestado su declaración informativa; toda vez que, la misma se vinó suspendiendo en diferentes oportunidades, el 4 y 27 de febrero del referido año, debido a problemas de salud y la inasistencia de éste, el 7 del mismo mes y año, por excesiva carga procesal de los funcionarios policiales, durante todo este tiempo, no reclamó vulneración alguna a sus derechos; y, 4) Dijo que, el  auto venta “PANTANERA” no se encuentra precintada y que sólo tres vehículos están precintados y se someterán al micro aspirado, que las investigaciones policiales apuntan a ciudadanos colombianos vinculados al narcotráfico y uno de ellos tendría relación directa con el accionante. Por lo expuesto pidió que se deniegue la tutela solicitada. En la réplica, solicitó que se respete el principio de subsidiariedad.