Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0204/2014-S2
Fecha: 01-Dic-2014
improcedente
La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 03 de 5 de marzo de 2014, cursante de fs. 41 vta. a 43 vta., declaró improcedente la acción de amparo constitucional; en base al siguiente fundamento: No se cumplió con el principio de subsidiariedad; toda vez que, la parte accionante, debió recurrir a la jueza de control jurisdiccional para hacer conocer sus reclamos y la vulneración de sus derechos y en caso de no ser atendidas, recién procederá la vía constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La subsidiariedad y sus excepciones
- por su realización al margen y en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales vigentes para una administración de justicia
- III.3. El juez de instrucción en el penal encargado del control jurisdiccional
- protección de derechos
- la jurisdicción constitucional no puede operar como un mecanismo de protección paralelo a los medios de defensa judicial
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- CONFIRMAR en todo