SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0210/2014-S3
Fecha: 04-Dic-2014
i)
Rodrigo Ricardo Jiménez Crespo, por informe escrito de 13 de mayo de 2014, cursante de fs. 42 a 44, refirió que: i) En tiempo oportuno presentó sus recursos de revocatoria y jerárquico contra la conminatoria J.D.T.L.P./48-VI-CPE/D.S. 0496/EOP/ 020/2013, denunciando en dichos recursos varias ilegalidades en las que se hubiera incurrido, alegatos y argumentos que no fueron escuchados por las instancias pertinentes, ya que la RM 205/14, en su parte resolutiva prácticamente confirmó la conminatoria de reincorporación; y, ii) Solicita se considere todos los argumentos expuestos en sus diferentes recursos y elementos probatorios y en consecuencia se revoque la Resolución 419/13 de 14 de noviembre de 2013, por ser atentatoria a su derecho al debido proceso, a la defensa, a la contradicción procesal y a la seguridad jurídica.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo y padres progenitores. Su protección en sede constitucional
- la mujer en estado de gestación o lactancia, no puede ser removida de su puesto de trabajo hasta que su hijo o hija cumpla un año de edad; previsión constitucional que versa sobre la protección de la maternidad por parte del Estado
- III.2. Sobre el cumplimiento de conminatorias de reincorporación por la vía constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR