SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0231/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0231/2014-S2

Fecha: 05-Dic-2014

d)

Ahora bien, haciendo el contraste entre los aspectos cuestionados por la parte accionante con la Resolución 37/2013 de 22 de agosto, se evidenció que la autoridad demandada, omitió pronunciarse expresamente sobre los puntos referidos en los incs. a), b) y c); es decir, sobre la inexistencia de motivación y de fundamento jurídico, así como la vulneración del art. 73 del adjetivo penal; en ese sentido, la merituada Resolución no mantiene la correspondencia necesaria que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto, conforme se halla desarrollado en el presente fallo, toda vez que, no se efectuó un razonamiento integral en base a los agravios que fueron descritos por la ahora accionante, ya que esta falta de relación entre lo solicitado y lo resuelto, precisamente es la que contradice el principio procesal de congruencia, como componente esencial del debido proceso, según el entendimiento expresado en el ya citado Fundamento Jurídico III.2.2 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional.