SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0231/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0231/2014-S2

Fecha: 05-Dic-2014

II.3.

II.3.  Por memorial de 14 de agosto del mismo año, la accionante a través de su representante legal, presentó impugnación a la Resolución de sobreseimiento, expresando los siguientes fundamentos: 1) Inexistencia de motivación. La citada Resolución no engloba el estudio integral de la prueba aportada en la investigación, razón por la cual no posee el sustento necesario para sobreseer al imputado, mucho más, cuando reconoce el carácter culposo y doloso de las actuaciones de los imputados, extremo que permite la revocatoria del sobreseimiento; 2) Inexistencia de fundamento jurídico. El sobreseimiento se funda sobre la base de inexistencia de pruebas; sin embargo, no realizó la motivación técnico jurídico que respalde su decisión, no indicó las normas procesales penales contempladas en los arts. 323.3) del CPP que establece las formas de análisis para fundar una decisión de sobreseimiento; asimismo, no existió el análisis del art. 173 del adjetivo penal; 3) Se vulneró el art. 73 del citado CPP, porque no existe fundamentación jurídica intelectiva que permita acreditar la inexistencia de responsabilidad o eximente de ésta y en su defecto carente de prueba para sustentar la acusación en juicio; y, 4) Dentro de los fundamentos, no existe mención al término de duda razonable que constitucionalmente favorezca al imputado, de acuerdo al art. 116.I de la CPE, correspondiendo por ello su revocatoria (fs. 13 a 15).