SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0230/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0230/2014

Fecha: 05-Feb-2014

II.3.

II.3.  El 29 de julio de 2013, el Juez demandado, ante la apelación formulada dispuso: “…REMITASE ante el Tribunal Departamental del Distrito de La Paz el Recurso de Alzada, previa citación y emplazamiento de partes, en aplicación del Art. 251 del Código de Procedimiento Penal, donde deben ser remitidas algunas piezas en fotocopias legalizadas y el presente Auto de remisión, sea con nota de cortesía y demás formalidades de Ley” (sic) (fs. 35).