Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0264/2014
Fecha: 12-Feb-2014
II.7.
II.7. En cumplimiento al requerimiento fiscal emitido por el representante de esa entidad, el 8 de junio de 2013, el Médico Forense Víctor A. Azogue, certificó que el accionante tuvo fractura de los dedos 4to. y 5to. metatarsianos, que se encuentra mal consolidada, requiriendo un reposo al menos de 100 días en fisioterapia y tratamiento y esperar posible cirugía, recomendando que no debe permanecer tiempo prolongado de pie, sugiriendo a la vez valoración del Médico Laboral (fs. 7 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. La Salud vinculada con el derecho a la vida
- III.5. De la legitimación pasiva en la acción de libertad
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Con relación a la Trabajadora Social y Funcionario Policial