SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0279/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0279/2014

Fecha: 12-Feb-2014

conceder

En consecuencia, la situación planteada se encuentra dentro de las previsiones del art. 125 de la CPE, por lo que el Tribunal de garantías, al conceder la acción de amparo constitucional efectuó una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dió correcta aplicación al citado precepto constitucional.