SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0279/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0279/2014

Fecha: 12-Feb-2014

Fragmento 5

El abogado Miguel Salguita, en representación de Exilandia Nacimento Ferreira, Zanandria Nacimento Ferreira, José Muñoz Mamio y Justa Cruz, por su parte, sostiene lo que sigue: 1) Si bien la parte accionante presentó un título agrario inscrito en Derechos Reales (DD.RR.), se sabe también que Ana María Vargas Benito dice ser propietaria de los terrenos de Zoila Imanareco Vda. de Aguada, por lo que se habla de una transferencia de propiedades de San Silvestre; todo ello es demostrable ya que cuenta con el plano del catastro aprobado y tiene anotación preventiva en DD.RR., además de pagados los impuestos; en consecuencia, continua vigente su derecho propietario; 2) El informe 121 del Concejo Municipal del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, refiere que los predios en cuestión serían urbanos, por lo que tenían un año para regularizar su situación; sin embargo, los predios no están identificados, no hay mensura ni deslinde, además de que los predios ocupados no están dentro de los predios de la familia Aguada; y,  3) Existe una duda fundada de a quiénes pertenecen los terrenos en los que se encuentran sus defendidos, ya que “…catastro dice que es 'tierra de nadie' (…) hay otro derecho propietario en discusión que debe fijarse sus limites, ellos no entraron con violencia, y si existieran esos predios son de Ana María Vargas Benito…” (sic).