Sentencia Constitucional Plurinacional 0297/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 0297/2014

Fecha: 12-Feb-2014

Por lo señalado, y toda vez que el Auto de Vista pronunciado por las autoridades recurridas,  no cuenta con la fundamentación o motivación debida, explicando en forma clara, coherente y precisa las razones de su determinación y que conlleva, de modo que el ahora  accionante  sepa que hubo una correcta ponderación de los hechos y de la aplicación de las normas, como estable la jurisprudencia nacional,

Por lo señalado, y toda vez que el Auto de Vista pronunciado por las autoridades recurridas,  no cuenta con la fundamentación o motivación debida, explicando en forma clara, coherente y precisa las razones de su determinación y que conlleva, de modo que el ahora  accionante  sepa que hubo una correcta ponderación de los hechos y de la aplicación de las normas, como estable la jurisprudencia nacional, correspondía otorgar la tutela y disponer que se emita nuevo Auto de Vista debidamente fundamentado.

En consecuencia, el Tribunal de garantías, al haber denegado la tutela solicitada, a juicio del suscrito magistrado no evaluó adecuadamente los datos del proceso, por lo que el Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada, en revisión, debió resolver por la revocatoria  en todo de la Resolución 10/2013 de 28 de noviembre, cursante de fs. 87 a 90, pronunciada por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí y, en consecuencia, conceder la tutela solicitada, debiendo las autoridades demandadas emitir nuevo Auto de Vista debidamente fundamentado.