SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0322/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0322/2014

Fecha: 18-Feb-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Señala que ante la imputación formal presentada por la Fiscal de Materia, Mónica de la Riva Irahola, por la supuesta comisión del delito de violación, la Jueza Segunda de Partido de la Niñez y Adolescencia, Jacqueline Rada Arana, dispuso mediante Resolución 152/2012, la “declinación de su competencia” y remisión del caso a la “justicia ordinaria”; debido a que observó la coexistencia de dos certificados de nacimiento originales, en que uno corresponde al menor AA, con fecha de nacimiento de 24 de enero de 1997, y el otro a Edwin Javier Mamani Pérez, con fecha de nacimiento de 24 de enero de 1993; presumiendo que a su persona corresponde éste último que determinaría su mayoría de edad, en clara contravención del art. 4 del Código Niña, Niño y Adolescente (CNNA).

Resultado de ello el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, Enrique Morales Díaz, dictó la Resolución 216/2012, por la que dispuso la detención preventiva del menor AA en el Centro de Rehabilitación de menores imputables de Qalahuma; sin tomar en consideración que éste había señalado la existencia de un error en la inscripción de la partida “y que su verdadera edad era de 15 años a momento de la supuesta comisión del delito de violación” (sic).