SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0342/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0342/2014

Fecha: 21-Feb-2014

Fragmento 17

        Presentada la imputación formal por la presunta comisión de los delitos de estafa y estelionato contra el accionante, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, señaló audiencia de medidas cautelares el 26 de julio de 2013, en la cual el imputado reclamó la aprehensión ilegal de la que fue objeto; sin embargo, la autoridad jurisdiccional no se pronunció al respecto, e interpretando incorrectamente los entendimientos contenidos en las SSCC 0957/2004-R y 1855/2004-R, no se pronunció sobre la ilegalidad de la aprehensión denunciada y directamente resolvió la situación procesal del imputado disponiendo su detención preventiva como medida cautelar de carácter personal, lo que no corresponde toda vez que conforme lo ha establecido la jurisprudencia citada en el Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, debió pronunciarse con carácter previo a la adopción de cualquier medida cautelar sobre la ilegalidad o legalidad de la aprehensión, sin que sea un justificativo lo señalado por la autoridad jurisdiccional demandada, que el Fiscal al retirarse de la audiencia llevó consigo el cuaderno de investigaciones, sin considerar que debieron permanecer los antecedentes hasta la conclusión del actuado procesal; lo que prueba que el Juez demandado actuó incorrectamente; determinando ello, se conceda la tutela respecto a la falta de pronunciamiento sobre la aprehensión ilegal denunciada.