Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0342/2014
Fecha: 21-Feb-2014
II.4.
II.4. El accionante fue remitido ante el Fiscal de Materia demandado aproximadamente a horas 18:30 de 24 de julio de 2013, quien ordenó su aprehensión, para luego de tomarle su declaración informativa lo imputó formalmente el 25 del mismo mes y año a horas 19:20, como se evidencia por el sello de recepción de la Carceleta Judicial del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro (fs. 20 a 22 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- “improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2.Subsidiaridad de la acción de libertad por activación paralela de las vías constitucional y ordinaria
- Fragmento 13
- Juez cautelar
- III.4.Análisis del caso concreto
- Sobre la aprehensión ilegal denunciada
- Fragmento 17
- Omisión de pronunciamiento del Juez cautelar
- 1° REVOCAR en parte
- 2°