Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0342/2014
Fecha: 21-Feb-2014
II.2.
II.2. Según sostiene el accionante, se presentó al Ministerio Público el 24 de julio de 2013, y su audiencia de declaración informativa se suspendió porque no se encontraba el Fiscal de Materia, quien contrariamente señala que sus funcionarios dependientes le informaron que no se hizo presente ni justificó su inasistencia (no existe documental en obrados).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- “improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2.Subsidiaridad de la acción de libertad por activación paralela de las vías constitucional y ordinaria
- Fragmento 13
- Juez cautelar
- III.4.Análisis del caso concreto
- Sobre la aprehensión ilegal denunciada
- Fragmento 17
- Omisión de pronunciamiento del Juez cautelar
- 1° REVOCAR en parte
- 2°