SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2014
Fecha: 21-Feb-2014
II.2.
II.2. El 4 de octubre de 2012, se presenta recurso de apelación (fs. 13 a 15) contra la Resolución 092/2012, pidiendo se revoque y se otorgue la cesación a la detención preventiva, con los siguientes fundamentos: i) No se valoró debidamente la prueba aportada que consta en un certificado de permanencia y conducta que indican la reclusión desde el 28 de abril de 2009 y que hasta la fecha han transcurrido más de cuarenta y un meses; ii) No fue considerada la presentación de dos certificados de nacimiento sobre los dos hijos de la accionante ni la renovación del contrato de alquiler, ya habiéndose realizado la verificación domiciliaria el 21 de agosto de 2009, por ende sí se tiene domicilio establecido y familia constituida; y, iii) La aplicación del art. 239 inc. 3) del CPP, es automática por ende no era ni siquiera necesario desvirtuar los riesgos procesales.
- acción de libertad
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III.1. Pronto despacho en la remisión de apelaciones referidas a solicitudes vinculadas con medidas cautelares
- III.2. Deber de fundamentar las resoluciones en alzada que resuelven medidas cautelares
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte