Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0366/2014
Fecha: 21-Feb-2014
a)
De acuerdo a lo expuesto, el accionante solicita se disponga: a) El reconocimiento de su reincorporación y salarios devengados a partir de abril de 1997 a septiembre de 1999, tomando en cuenta los reajustes y actualizaciones, en la suma de Bs1 228 667,60 (un millón doscientos veintiocho mil seiscientos sesenta y siete 60/100 bolivianos); y, b) La consideración del cálculo de antigüedad real.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informes de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- III.2. Respecto al valor de los informes técnicos y su impugnación en sede administrativa
- III.2.1. Jurisprudencia respecto a los actos administrativos
- III.3. La subsidiaridad en las acciones de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Aclaración respecto a la impugnación de los informes en sede administrativa
- III.4.2. La subsidiaridad del fondo de la problemática planteada
- CONFIRMAR