Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0366/2014
Fecha: 21-Feb-2014
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 28 de 16 de agosto de 2013, cursante de fs. 123 a 124 vta., pronunciada por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, y en consecuencia, DENEGAR la tutela impetrada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informes de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- III.2. Respecto al valor de los informes técnicos y su impugnación en sede administrativa
- III.2.1. Jurisprudencia respecto a los actos administrativos
- III.3. La subsidiaridad en las acciones de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Aclaración respecto a la impugnación de los informes en sede administrativa
- III.4.2. La subsidiaridad del fondo de la problemática planteada
- CONFIRMAR