SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0409/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0409/2014

Fecha: 25-Feb-2014

Fragmento 8

El accionante alega como lesionados los derechos al debido proceso, justicia pronta, acceso a la propiedad privada e igualdad jurídica; en razón de que las autoridades demandadas: a) En forma errónea indican que tiene la condición de adjudicatario pretendiendo pague el saldo del precio del inmueble rematado y sea en su totalidad; b) En las apelaciones emergentes de los remates sólo se permite pedir la nulidad del remate conforme informa el art. 544 del CPC, y al admitir y dirimir un recurso no basado en dicho artículo se ha violado el debido proceso; c) Según el art. 544 del CPC, que permite la alzada sobre la nulidad de la subasta y el auto de vista en ninguna de sus conclusiones se refiere a esta; y, d) El art. 544 del CPC, habla de nulidad y la alzada debió pedir la anulación del remate y no la revocación.