SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0409/2014
Fecha: 25-Feb-2014
Fragmento 8
El accionante alega como lesionados los derechos al debido proceso, justicia pronta, acceso a la propiedad privada e igualdad jurídica; en razón de que las autoridades demandadas: a) En forma errónea indican que tiene la condición de adjudicatario pretendiendo pague el saldo del precio del inmueble rematado y sea en su totalidad; b) En las apelaciones emergentes de los remates sólo se permite pedir la nulidad del remate conforme informa el art. 544 del CPC, y al admitir y dirimir un recurso no basado en dicho artículo se ha violado el debido proceso; c) Según el art. 544 del CPC, que permite la alzada sobre la nulidad de la subasta y el auto de vista en ninguna de sus conclusiones se refiere a esta; y, d) El art. 544 del CPC, habla de nulidad y la alzada debió pedir la anulación del remate y no la revocación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- “rechazó”
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 8
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 10
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. El pr
- III.4.Análisis del caso concreto
- rechazar
- CONFIRMAR