Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0409/2014
Fecha: 25-Feb-2014
II.3.
II.3. Auto 364/11 de 4 de abril de 2011, el Juez Primero de Partido en lo Civil procedió a la aprobación del acta de adjudicación de 20 de diciembre de 2010, del inmueble ubicado en la zona Noroeste, barrio Villa Brígida, avenida San Martín a favor del accionante Eduardo Avalos Yepez en la suma de $us225 777,86.- (doscientos veinticinco mil setecientos setenta y siete 86/100 dólares americanos) (fs. 260).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- “rechazó”
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 8
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 10
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. El pr
- III.4.Análisis del caso concreto
- rechazar
- CONFIRMAR