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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0409/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0409/2014

    Fecha: 25-Feb-2014

    II.3.

    II.3.  Auto 364/11 de 4 de abril de 2011, el Juez Primero de Partido en lo Civil procedió a la aprobación del acta de adjudicación de 20 de diciembre de 2010, del inmueble ubicado en la zona Noroeste, barrio Villa Brígida, avenida San Martín a favor del accionante Eduardo Avalos Yepez en la suma de $us225 777,86.- (doscientos veinticinco mil setecientos setenta y siete 86/100 dólares americanos) (fs. 260).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • “rechazó”
    • II.3.
    • II.4.
    • Fragmento 8
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • Fragmento 10
    • III.2. De la acción de amparo constitucional
    • III.3. El pr
    • III.4.Análisis del caso concreto
    • rechazar
    • CONFIRMAR

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