SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0422/2014
Fecha: 25-Feb-2014
fue sobre base presunta,
El Tribunal de casación afirma expresamente en su parte considerativa que “…no existe duda en que la determinación efectuada por el SIN Pando, fue sobre base presunta, máxime si la misma Administración Tributaria hace referencia tanto en su apelación como en los fundamentos de su casación, lo establecido en el artículo 43.II de la Ley No. 2492, (…) aspecto advertido y modificado en la Sentencia del a quo y en el Auto de Vista por el Tribunal ad quem por cuanto en la fiscalización se logró advertir aspectos que respaldan la concurrencia de circunstancias establecidas por los artículos 44.3, 44.5.a) y 44.6 de la Ley 2492 para la determinación de la deuda tributaria del IUE de la gestión 2009 sobre base presunta” (sic).
Es decir, señala que la determinación del adeudo tributario al haber sido en base al informe elaborado por el Consejo de la Judicatura en el que se señaló que el ahora accionante patrocinó causas judiciales a diferentes personas, contrastadas con el Arancel Mínimo de Honorarios profesionales del Colegio de Abogados de Pando, no constituyen elementos de determinación de tributos omitidos sobre “base cierta” y por el contrario, el tribunal de casación advirtió que la verificación de esos datos, información y pruebas en los que se basó la determinación tributaria era sobre “base presunta”; razonamiento que hasta aquí está conforme a la legislación tributaria, debido a que en efecto esos documentos no prueban cuánto realmente percibió el contribuyente como honorario profesional en la gestión 2009 fiscalizada, por cuanto no existían por ejemplo igualas profesionales, facturas, que respalden los montos supuestamente cobrados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos, garantías y principios supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.1.
- II.2.2.
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- Fragmento 12
- ha desarrollado las formas en las que puede manifestarse la arbitrariedad
- “b.1)
- b.2)
- las tres formas en las que puede manifestarse la arbitrariedad
- fue sobre base presunta,
- casa
- 1º CONFIRMAR