Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0422/2014
Fecha: 25-Feb-2014
II.2.2.
II.2.2. Contra esa decisión ambas partes interpusieron recurso de casación, que fue resuelto por Auto Supremo 17 de 18 de febrero de 2013 (fs. 1 a 7 y 29 a 34), declarando infundado el recurso de casación del accionante y respecto de la casación en el fondo interpuesto por el SIN casó el Auto de Vista 118 de 27 de agosto de 2012, recurrido, manteniendo firme y subsistente la deuda tributaria determinada por la Resolución Determinativa 17-000015-11 de 3 de mayo de 2011.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos, garantías y principios supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.1.
- II.2.2.
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- Fragmento 12
- ha desarrollado las formas en las que puede manifestarse la arbitrariedad
- “b.1)
- b.2)
- las tres formas en las que puede manifestarse la arbitrariedad
- fue sobre base presunta,
- casa
- 1º CONFIRMAR