Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0453/2014
Fecha: 25-Feb-2014
II.4.
II.4. En informe de la Jueza Tercero de Instrucción en lo Penal, de 24 de septiembre de 2013, refiere que fue declarada en comisión los días 17, 18, 19 y 20 de ese mes y año, para asistir a un curso en el departamento de Potosí, auspiciado por la Cooperación Alemana “GIZ” y la Escuela de Jueces del Estado (fs. 20 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3. Del señalamiento de la audiencia para considerar y resolver la solicitud de cesación a la detención preventiva
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.6. Otras consideraciones
- Fragmento 17